Incendios en la Comarca
En una nota anterior intentábamos secuenciar el panorama reinante en la comarca andina para que se desatara, en condiciones climáticas extremas, una catástrofe ígnea como la acontecida el marzo pasado. Sosteniamos (y sostenemos) que el estado de ABANDONO de Servicios Públicos era insostenible desde hacía años y que lo que sucedió era una catástrofe anunciada. Es ahora que, a partir de una denuncia se abren legajos de investigación pero nos parece que está investigación que lleva adelante el Fiscal Díaz Mayer está sesgando antecedentes por demás importantes. Esperamos pacientemente que se haga PÚBLICA la pericia de la Policía Federal y que no quede todo en nada, como suele suceder.
Para aquellos que quieran retomar la nota anterior es este el link http://asambleadevecinosepuyen.blogspot.com/2021/07/estrago.html
En esta ocasión hablaremos de lo que saliera publicado en numerosos medios de la zona y provinciales. Por respeto a las pericias llevadas adelante por la PFA y la causa del MPF no hemos hecho público hasta el día de hoy. Evaluando qué haremos al respecto legalmente.
"Qué dice el informe de la División de Siniestros de la Policía Federal
Se individualizaron 4 focos: uno en la zona de Golondrinas, el segundo en la zona de Cerro Radal, y los otros dos en focos en cercanía de Cholila. Del informe surge que solo en relación al primero es posible enmarcar como una omisión por un sujeto individualizable.
Las conclusiones: fg…En virtud de estas determinaciones, estamos en condiciones de afirmar que la causa productora de los presentes sucesos, se relaciona: Foco N° 1 – Golondrinas: incidencia térmica producto de la línea aérea de media tensión sobre la conífera de los arboles adyacentes…».
En relación a los restantes, se indicó «…Foco N°2 – Cerro Radal: El empleo de un elemento capaz de generar una llama libre, tal es el caso de fosforo, encendedor, mechas de papel previamente acondicionados y encendidas; que tomaran contacto con material subdividido, como ser hojarascas, ramas pequeñas, pinocha, etc., es decir de cierta facilidad combustiva. Foco N° 3- Ruta Provincial 71 Km 25,5: El empleo de un elemento capo 7 de generar una llama libre, tal es el caso de fosforo, encendedor, mechas de papel previamente acondicionadas y encendidas; que tomarán contacto con material subdividido, como ser hojarascas, ramas pequeñas, pinocha, etc., es decir de cierta facilidad combustiva. Foco N° 4- Ruta Provincial 71 Km 22: El empleo de un elemento capaz de generar una llama libre, tal es el caso de fosforo, encendedor, mechas de papel previamente acondicionadas y encendidas; que tomaran contacto con material subdividido, como ser hojarascas, ramas pequeñas, pinocha, etc., es decir de cierta facilidad combustiva…» (Fdo. Subcomisario Luis Maria DIAZ, 2do. Jefe de la División Investigación de Siniestros de la Superintendencia Federal de Bomberos).
El foco de la investigación
El informe presentado por el equipo de Díaz Mayer, indica que en virtud de las conclusiones arribadas en el informe, las tareas de investigación desplegadas, los restantes informes, entrevista, inspección ocular y demás tareas de rastrillaje en la zona, permiten enfocar el objeto de esta investigación con mayor probabilidad de éxito respecto del Foco N° 1; y, en relación a los restantes, habrán de resolverse en cada legajo de investigación.
“Con el grado de certeza requerida, podría ser la falta u omisión de un mantenimiento adecuado, las circunstancias que determinaron el inicio del foco ígneo en la zona baja del tendido eléctrico”, indicó el fiscal en el pedido de allanamiento.
Qué buscan en la documentación
La Fiscalía quiere establecer si la autoridad de aplicación delegó o subcontrató el servicio de mantenimiento, en uno o varios Municipios u otra empresa, o asumió bajo su completa tutela la realización; si el Ministerio asignó las partidas presupuestarias a la Dirección General, para que ésta envíe fondos a la Delegación del Noroeste, para implementar su ejecución; y si esa ejecución correspondía a la Dirección, a la Delegación, o a quien." Fuente Noticias de la Comarca
Respecto de las responsabilidades sobre mantenimiento de líneas, consideramos que está recae sobre Servicios Públicos. Si las condiciones no estaban garantizadas (llámese falta de fusibles y elementos de seguridad) nadie mejor que ellos para saberlo y actuar en consecuencia suspendiendo el servicio hasta tanto se brindarán las condiciones adecuadas. Por respeto a la vida humana y a la naturaleza. Si fue provocado por falta de limpieza en las líneas, en la anterior nota queda claro que existía un convenio vigente firmado por los intendentes, Servicios Públicos y el Ministro de Infraestructura. Si este no se cumplió correspondería a la justicia deslindar responsabilidades. Y si fuera un atentado (causa extrañísima y poco probable porque no hay un solo indicio de ello) corresponde investigar con la mayor seriedad.
Aquí un link más para escuchar la palabra de Mauro Palma a posteriori del allanamiento en Lago Puelohttps://m.facebook.com/story.php?story_fbid=4586539341379625&id=100000708144985
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